Los actuales cambios sociales y laborales: nuevos retos para el mundo del trabajo
Libro 1: Cambios tecnológicos y nuevos retos para el mundo del trabajo (Portugal, España, Colombia, Italia, Francia)
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Table Of Contents
- Cubierta
- Título
- Copyright
- Sobre el editor
- Sobre el libro
- Advance praise
- Esta edición en formato eBook puede ser citada
- Índice
- Prólogo (Lourdes Mella Méndez)
- Parte I: Cambios tecnológicos y sociales
- Novas formas de trabalho: Direito e realidade (José Pedro Anacoreta Correia / José Bento da Silva)
- O software livre, a economia da contribuição e a eclosão de novas formas de trabalho (Conceição Soares)
- La Industria 4.0: los retos para el empleo español (Djamil Tony Kahale Carrillo)
- Especialización empresarial y nuevas tecnologías: retos para el Derecho del Trabajo en Colombia (Camilo Piedrahita Vargas)
- As relações laborais no modelo de organização empresarial de economia colaborativa (UBER economy) (Gonçalo Cerejeira Namora)
- En el corazón de la nueva “gran transformación” del trabajo: el trabajo de investigación en la empresa y en el sector privado (Michele Tiraboschi)
- Parte II: Cambios tecnológicos y nuevas maneras de trabajar
- Smart Working (João Moreira Dias)
- Crowdsourcing y contratación on-demand: ¿una modalidad lícita de externalización productiva en el nuevo entorno digital? (Anna Ginès i Fabrellas)
- La “uberización” del trabajo: una forma más de violencia laboral (Juana María Serrano García)
- Los conductores de UberPop y UberX: ¿trabajadores asalariados, autónomos, emprendedores, cooperativistas o qué? (Esperanza Macarena Sierra Benítez)
- Uso de redes sociais no local do trabalho (Ricardo Nascimento)
- La configuración del teletrabajo en el Derecho Portugués: algunas reflexiones al hilo del ordenamiento español (Lourdes Mella Méndez)
- Teletrabajo y riesgos psicosociales (Sarai Rodríguez González)
- Parte III: Cambios tecnológicos y protección de los derechos de los trabajadores
- Derechos fundamentales del trabajador y poder empresarial de control de la prestación de trabajo por medio de sistemas de registro de información proporcionados por las nuevas tecnologías (un análisis a la luz de la jurisprudencia constitucional española) (Javier Gárate Castro)
- Digitalización del trabajo, poder de control empresarial y derechos fundamentales de los trabajadores (Francisco Alemán Páez)
- Les droits attachés à la personne, une nouvelle catégorie de droits sociaux? L’exemple du compte personnel d’activité (Nicole Maggi-Germain)
- Avances en Italia y España hacia la regulación del derecho a la desconexión tecnológica y el nuevo lavoro agile (Mª José Cervilla Garzón)
Lourdes Mella Méndez (directora)
Lavinia Serrani (coordinadora)
Los actuales cambios
sociales y laborales:
nuevos retos para
el mundo del trabajo
Cambios tecnológicos y nuevos retos para el mundo
del trabajo: Portugal, España, Colombia, Italia, Francia
Volumen I
PETER LANG
Bern · Bruxelles · Frankfurt am Main · New York · Oxford · Warszawa · Wien
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Die Deutsche Nationalbibliothek lists this publication in the Deutsche Nationalbibliografie; detailed bibliographic data is available on the Internet at ‹http://dnb.d-nb.de›.
Library of Congress Control Number: 2017938726.
Esta publicación ha sido revisada por pares.
ISBN 978-3-0343-2836-4 pb. |
ISBN 978-3-0343-2837-1 eBook |
ISBN 978-3-0343-2839-5 MOBI |
ISBN 978-3-0343-2838-8 EPUB |
DOI 10.3726/b10983 |
© Peter Lang AG, International Academic Publishers, Bern 2017
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Sobre el libro
Este libro aborda el tema de los importantes cambios tecnológicos y sociales que, actualmente, se están produciendo en el mercado de trabajo y, más ampliamente, en la sociedad en general. Cambios que han venido para quedarse y transformar nuestra manera de trabajar, producir bienes y servicios y, por ende, de relacionarnos. Así, emerge la llamada Industria 4.0, el Internet de las cosas o el impresionante abanico de las nuevas maneras de trabajar. De hecho, esta obra profundiza en el estudio monográfico de algunas de esas emergentes maneras de prestar servicios a través de las nuevas TIC, como son las plataformas informáticas interactivas que actúan como intermediarias en la prestación de servicios y dan lugar al fenómeno conocido como “uberización” del trabajo, por ser Uber una de las empresas más conocidas del sector. Adicionalmente, también se incide en la interacción de estos cambios tecnológicos con los derechos de los trabajadores, los cuales deben reforzarse frente a los poderes de dirección y disciplinario del empresario, ahora ejercidos intensamente a través de las nuevas tecnologías.
Proceso de evaluación de los trabajos para garantizar la calidad de la publicación
Los trabajos publicados en este libro han sido sometidos a un doble proceso de evaluación y selección en atención a criterios científicos y técnicos de calidad. La revisión académica se realizó por el sistema del doble ciego.
En una primera fase, la evaluación correspondió a una Comisión Internacional formada por los siguientes miembros:
Por ITALIA:
– Prof. Michele Tiraboschi. Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad de Módena y Reggio Emilia
– Prof. Giuliano Cazzola. Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad eCampus
Por FRANCIA:
– Profª Nicole Maggi-Germain. Maître de conférences en Droit social, Universidad Paris 1, Panthéon Sorbonne, Institut des Sciences Sociales du Travail
Por PORTUGAL:
– Profª Catarina Carvalho. Professora Auxiliar. Doctora en Derecho. Facultad de Derecho. Universidad Católica de Porto
– Profª Teresa Coelho Moreira. Professora Auxiliar. Doctora en Derecho. Facultad de Derecho. Universidad de Minho←5 | 6→
Por AMÉRICA LATINA (URUGUAY, CHILE, ARGENTINA y BRASIL):
– Prof. Juan Raso Delgue. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Uruguay
– Prof. Francisco Tapia Guerrero. Profesor de Derecho del Trabajo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile
– Profª Eleonora Peliza. Juez de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Doctora en Derecho del Trabajo, Previsión Social y Derechos Humanos por la Universidad de San Carlos de Guatemala. Profesora Titular en la Maestría de Derecho del Trabajo en la UNTREF y Profesora Adjunta en la UCA, UM. Argentina
– Prof. Rodrigo García Schwarz. Profesor Doctor de Derecho del Trabajo de la Universidad del Oeste de Santa Catarina (UNOESC). Juiz Titular de Vara do Trabalho. Tribunal Regional do Trabalho da Segunda Região (TRT02). Brasil
Por ESPAÑA:
– Prof. Javier Gárate Castro. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Santiago de Compostela
– Prof. José Luis Monereo Pérez. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Granada
– Prof. Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Autónoma de Barcelona
– Profª Cristina Sánchez-Rodas Navarro. Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Sevilla
En una segunda fase, la Editorial Peter Lang realizó una evaluación por criterios temáticos y técnicos.←6 | 7→
Esta edición en formato eBook puede ser citada
Esta edición en formato eBook puede ser citada. En el texto se indican el inicio y el final de la página correspondiente a la edición impresa. En caso de que una palabra quede separada debido al salto de página, la marca de separación aparecerá en el punto donde la palabra se separe.
Índice
Parte I: Cambios tecnológicos y sociales
José Pedro Anacoreta Correia José Bento da Silva
Novas formas de trabalho: Direito e realidade
O software livre, a economia da contribuição e a eclosão de novas formas de trabalho
La Industria 4.0: los retos para el empleo español
Especialización empresarial y nuevas tecnologías: retos para el Derecho del Trabajo en Colombia
As relações laborais no modelo de organização empresarial de economia colaborativa (UBER economy)
En el corazón de la nueva “gran transformación” del trabajo: el trabajo de investigación en la empresa y en el sector privado←7 | 8→
Parte II: Cambios tecnológicos y nuevas maneras de trabajar
Crowdsourcing y contratación on-demand: ¿una modalidad lícita de externalización productiva en el nuevo entorno digital?
La “uberización” del trabajo: una forma más de violencia laboral
Esperanza Macarena Sierra Benítez
Los conductores de UberPop y UberX: ¿trabajadores asalariados, autónomos, emprendedores, cooperativistas o qué?
Uso de redes sociais no local do trabalho
La configuración del teletrabajo en el Derecho Portugués: algunas reflexiones al hilo del ordenamiento español
Teletrabajo y riesgos psicosociales
Parte III: Cambios tecnológicos y protección de los derechos de los trabajadores
Derechos fundamentales del trabajador y poder empresarial de control de la prestación de trabajo por medio de sistemas de registro de información proporcionados por las nuevas tecnologías (un análisis a la luz de la jurisprudencia constitucional española)←8 | 9→
Digitalización del trabajo, poder de control empresarial y derechos fundamentales de los trabajadores
Les droits attachés à la personne, une nouvelle catégorie de droits sociaux? L’exemple du compte personnel d’activité
Avances en Italia y España hacia la regulación del derecho a la desconexión tecnológica y el nuevo lavoro agile←9 | 10→ ←10 | 11→
Ninguna manera mejor de empezar este prólogo que con la famosa frase del político alemán, y primer canciller de la República Federal de Alemania, Konrad Hermann Joseph Adenauer (1876-1967), considerado uno de los padres de Europa por su importante papel en el nacimiento y consolidación de las Comunidades Europeas. Esa famosa frase es, a la vez, el lema de nuestra querida Comunidad CIELO Laboral y se concreta en que “Todos vivimos bajo el mismo cielo, pero ninguno tiene el mismo horizonte”.
Aunque sencilla en su formulación, esta máxima no resulta tan trivial o fácil de entender como en un primer momento pudiera parecer y, desde luego, como todos los buenos dichos, da pie a la reflexión y a la interpretación personal. Desde este enfoque subjetivo —si me lo permiten—, nuestro lema apunta a dos ideas claves que definen —o deberían— la sociedad actual: la inevitable diversidad y el necesario respeto entre todos, entendidos ambos conceptos en su sentido más amplio. Desde luego, recurro ahora a ellos porque también definen nuestra Comunidad e, incluso, la colección de libros que ahora ve la luz, y que recoge una selección de los trabajos presentados en nuestro Congreso Inaugural de Oporto.
Abundando y clarificando lo recién expuesto, cabe volver a la máxima citada y a sus dos unidades temáticas —“el vivir bajo el mismo cielo” y “el tener horizontes diferentes”—, que evocan dos ideas subyacentes: una de inclusión o igualdad y otra de exclusión o diferencia. Empezando por esta última, y enlazándola con el contenido de los libros de la presente colección, la imagen de “los horizontes diferentes” nos recuerda “la variedad”. Ciertamente, la idea de la diversidad se vincula a la diferencia, la novedad y el cambio, y ello se plasma o liga aquí a la multiplicidad de nuevas formas de trabajar y de herramientas tecnológicas de trabajo, a la pluralidad social y funcional de los trabajadores, a los cambios continuos en el panorama internacional y nacional, con crisis diversas y reformas laborales sucesivas, que terminan modificando sustancialmente el equilibrio de la relación individual entre trabajador y empresario y, consecuentemente, el de las←11 | 12→ relaciones colectivas. Cada uno de estos cambios tiene un impacto distinto en cada uno de los trabajadores, según sus concretas circunstancias personales y sociales, y, por ello, se generan o consolidan horizontes personales y laborales diferentes.
Por su parte, la unidad de un mismo cielo evoca la idea de la convivencia en común y la necesidad del entendimiento y el mutuo respeto. Así, a pesar de esos cambios y diferencias, resulta necesario el respeto y la protección de los derechos básicos y fundamentales de todos los trabajadores, proclamando la igualdad y la no discriminación frente a la diversidad social, étnica, religiosa o de cualquier otro tipo; un salario mínimo digno y suficiente; una protección adecuada mínima en materia de prevención de riesgos laborales y el acceso al sistema de protección social. El reconocer y aceptar que hay horizontes diferentes para los trabajadores que nos rodean puede ser un elemento decisivo para impulsar procesos amplios y generosos de diálogo social y negociación colectiva, así como una acción institucional global dirigida a establecer estándares generales mínimos de protección para todos ellos, superando esas pequeñas diferencias que impiden el acceso a la protección de los derechos nacionales bajo el concepto estricto y reducido de trabajador dependiente y subordinado. Así pues, los horizontes diferentes, si queridos, deben ser respetados, y, si impuestos por las circunstancias, deben ser removidos, en pro de la igualdad y la no discriminación.
En este sentido, se apuesta por una visión global que impulse un “cielo normativo protector” mínimo, caracterizado por los parámetros del trabajo decente, tal y como es definido por la Organización Internacional del Trabajo. Como es sabido, dicho concepto se caracteriza por cuatro objetivos estratégicos que son: el reconocimiento de los derechos en el trabajo, el incremento de las oportunidades de empleo, la garantía de la protección social y el diálogo social. La importancia de cada uno de estos objetivos deriva del hecho de que cada uno de ellos contribuye, además, al logro de metas sociales más amplias, como la inclusión social, la erradicación de la pobreza, el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo integral de la sociedad y la realización personal de cada individuo y, al fin, de sociedades más sanas y solidarias.
Centrándome en el contenido de este primer volumen, titulado “Cambios tecnológicos y nuevos retos para el mundo del trabajo”, los horizontes diferentes se hallan representados por los diversos nuevos modos de trabajar, lo que determina que cada sujeto que presta servicios en estas nuevas circunstancias tenga problemas distintos a los del trabajador tradicional.←12 | 13→ En efecto, la introducción de las nuevas —novísimas—tecnologías de la información y comunicación da lugar a una forma de prestar servicios más descentralizada, y a la aparición de unas nuevas empresas que realizan su actividad empresarial, básicamente de intermediación entre el consumidor final y el trabajador, a través de plataformas informáticas. Famosos casos como el de Uber y otras empresas similares son amplia y brillantemente estudiados en la primera parte de este volumen, y ello desde el enfoque del derecho español, portugués o europeo, así como desde la práctica de los diferentes tribunales nacionales y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuya decisión será clave para clarificar la calificación jurídica de esta nueva prestación de servicios y la protección laboral que estos nuevos trabajadores puedan o no disfrutar.
Sin lugar a dudas, la emergencia de estas nuevas maneras de trabajar, fruto de la llamada economía colaborativa, exige una reflexión sobre la figura del contrato de trabajo como principal marco de protección del sujeto que presta servicios en la sociedad, sobre el futuro del Derecho del Trabajo y su ámbito subjetivo y sus relaciones con el Derecho Civil y los contratos de prestación de servicios, cuyos protagonistas son autónomos y profesionales independientes. Asimismo, habrá que valorar la oportunidad de compartir un marco mínimo protector para todo trabajador, “un cielo común”, que se imponga en los próximos años para dar protección a los nuevos trabajadores digitales, pues, en caso contrario, al no encajar en los rasgos estrictos del clásico trabajador dependiente y subordinado, podrían quedar al margen de la protección de las normas laborales. Ciertamente, ante los continuos cambios digitales, que modifican el tipo de empresa, trabajo y trabajador, así como la relación entre esos tres elementos y aun la sociedad en general, el legislador estatal y los agentes sociales no pueden quedar impasibles, sino que tienen que actuar ágilmente en la búsqueda de soluciones adecuadas y justas a la nueva realidad laboral de carácter digital. En este punto, también resulta necesario crear espacios nuevos de diálogo social y negociación colectiva y reforzar las instituciones de representación de los trabajadores para que sean capaces de hacer frente a los retos del nuevo empleo y mercado de trabajo.
No cabe duda de que los próximos años serán apasionantes —ya lo son los actuales—, y el surgimiento de las novísimas tecnologías de la información y comunicación marcarán un antes y un después en la sociedad digital, con la aparición de nuevos modos de trabajar e interrelacionarse y una nueva industria —la 4.0—, que representa ya la cuarta revolución in←13 | 14→dustrial. Estos nuevos desafíos requieren centrar la atención, de nuevo, en la persona del trabajador, para formarlo adecuadamente y reforzar su posición competitiva en el mercado, frente a los que pueden ser sus futuros competidores laborales: los robots. La era del talento digital promueve la necesidad de nuevas competencias y conocimientos, nuevas habilidades técnicas, creativas y humanas, lo que modifica el perfil del trabajador del siglo XXI. Ahora bien, la relación laboral tradicional tampoco se puede dejar de lado, dado que también se ve profundamente alterada por la irrupción de las nuevas tecnologías, que, sin una adecuada supervisión, pueden servir para reforzar desmesuradamente los poderes empresariales de dirección y control de la actividad laboral del trabajador. Habrá que estar vigilantes, pues, para que esos poderes se ejerzan en su justa medida, y no degeneren en un ejercicio abusivo de las condiciones laborales, exigiendo especialmente el respeto del tiempo de trabajo pactado y el disfrute del consiguiente descanso. Lo contrario, podría conllevar a que las nuevas tecnologías de la información y comunicación actuasen como nuevos instrumentos laborales para exigir al trabajador una prestación laboral en cualquier momento y lugar, difuminando las fronteras entre tiempo de trabajo y descanso. En esta línea, cabe alabar la rapidez del legislador francés en querer atajar este tipo de riesgo laboral, regulando ya, en su Código del Trabajo, el derecho a la desconexión informática del trabajador, lo que implica también un deber empresarial de garantía en tal sentido.
Otros riesgos a los que habrá que prestar la debida atención —como muy bien se hace en este volumen— son los relacionados con las amplias posibilidades de control que las nuevas tecnologías ofrecen al empresario, lo que, sin los adecuados límites, puede suponer la vulneración de derechos fundamentales del trabajador, especialmente los relacionados con su privacidad, intimidad y propia imagen.
En fin, unas últimas palabras para, en primer lugar, agradecer a los autores la participación en el Congreso Inaugural de la Comunidad CIELO Laboral, celebrado en Oporto en septiembre 2016, y la aportación ahora de sus importantes reflexiones por escrito, que suponen un significativo avance en el análisis de estos nuevos problemas laborales y sus posibles soluciones. Y, en segundo lugar, animar al lector a que siga adentrándose en las páginas de la obra, con la esperanza e ilusión de que la misma le pueda ser amena y útil.
Details
- Pages
- 464
- Publication Year
- 2017
- ISBN (PDF)
- 9783034328371
- ISBN (ePUB)
- 9783034328388
- ISBN (MOBI)
- 9783034328395
- ISBN (Softcover)
- 9783034328364
- DOI
- 10.3726/b10983
- Language
- Spanish; Castilian
- Publication date
- 2017 (June)
- Keywords
- Mundo del trabajo nuevas tecnologías derechos fundamentales
- Published
- Bern, Berlin, Bruxelles, Frankfurt am Main, New York, Oxford, Wien, 2017. 463 p., 5 tablas, 10 gráficos
- Product Safety
- Peter Lang Group AG